Fecha de solicitud: 12/05/2026
Solicitante: Perteneciente al Ministerio de Seguridad de la Nación.
Tipo de Información solicitada: “1- ¿Qué programas del Estado Nacional que figuran en la página oficial https://www.argentina.gob.ar/comitecontralatrata/programas-nacionales-para-victimas-de-trata asisten hoy a las víctimas de trata de personas? Con respecto al Ministerio Público de la Defensa, figura lo siguiente: F) El Patrocinio Jurídico Gratuito para Víctimas de Trata, a cargo del Ministerio Público de la Defensa (MPD).
2- ¿Cuántos abogados forman parte del Patrocinio Jurídico Gratuito para Víctimas de Trata?
3- ¿Cuántas causas se encuentran patrocinando desde el Patrocinio Jurídico Gratuito para Víctimas de Trata?
4- ¿De qué provincias son las víctimas que se encuentran siendo asistidas desde el Patrocinio Jurídico Gratuito?”.
Plazo de respuesta: 02/06/2026.
Respuesta: “se le remitió la información suministrada por el departamento de Análisis de Gestión y Estadísticas, del área de Fortalecimiento Institucional y de la Dirección General de Recursos Humanos de la Defensoría General de la Nación, conforme el siguiente detalle:
1.- ¿Qué programas del Estado Nacional que figuran en la página oficial https://www.argentina.gob.ar/comitecontralatrata/programas-nacionales-para-victimas-de -trata asisten hoy a las víctimas de trata de personas? Con respecto al Ministerio Público de la Defensa, figura lo siguiente: F) El Patrocinio Jurídico Gratuito para Víctimas de Trata, a cargo del Ministerio Público de la Defensa (MPD).
Al respecto se informa que mediante la RDGN-2026-37-E-MPD-DGN#MPD se dejó sin efecto la Resolución DGN Nº 993/14 -modificada por RDGN-2021-283-E-MPD-DGN#MPD- que creó el Programa de Asesoramiento y Promoción de Derechos de las Víctimas del Delito de Trata de Personas. Para mayor ilustración, se adjuntan los actos administrativos mencionados.
Por otra parte, se hace saber que las funciones que cumplía el mentado programa fueron asumidas por las Defensorías Públicas de Víctimas, con asiento en las distintas provincias argentinas y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creadas en el ámbito del Ministerio Público de la Defensa de la Nación (MPD).
Estas dependencias brindan asistencia técnica y patrocinio jurídico gratuito para actuar como parte querellante en los procesos penales, en caso de que exista una víctima de delitos federales, tales como delitos contra la vida; contra la integridad sexual; terrorismo; delitos cometidos por una asociación ilícita u organización criminal; delitos contra la mujer, cometidos con violencia de género; y trata de personas.
Vale decir que; si la provincia donde ocurrió el hecho no cuenta con la habilitación de una Defensoría Pública de Víctima, el damnificado podrá acercarse a la Defensoría Pública Oficial Federal más cercana para recibir el asesoramiento y patrocinio debido, incluso para querellar.
A continuación, se enumeran las Defensorías Públicas de Víctimas habilitadas a la fecha:
Defensoría Pública de Víctima con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a cargo del Dr. Rovatti. Defensoría Pública de Víctima con asiento en la provincia de Buenos Aires, a cargo de la Dra. Jaureguiberry. Defensoría Pública de Víctima con asiento en la provincia de Catamarca, a cargo de la Dra. Vera.
Defensoría Pública de Víctima con asiento en la provincia de Córdoba, a cargo de la Dra. Bazán. Defensoría Pública de Víctima con asiento en la provincia de Jujuy, a cargo del Dr. Stourder. Defensoría Pública de Víctima con asiento en la provincia de La Pampa, a cargo del Dr. García Ongaro.
Martín Miguel, Defensoría Pública de Víctima con asiento en la provincia de Salta, a cargo del Dr. Escándar.
Defensoría Pública de Víctima con asiento en la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a cargo del Dr. Candela.
Defensoría Pública de Víctima con asiento en la provincia de Tucumán, a cargo del Dr. Galliano. Defensoría Pública de Víctima con asiento en la provincia del Chaco, a cargo del Dr. Vargas.
Defensoría Pública de Víctima con asiento en la provincia del Neuquén, a cargo del Dr. Pugliese.
Unidad Especializada en la Representación de Niños, Niñas y Adolescentes Víctimas de Delitos en Procesos Penales Nº 1, a cargo de la Dra. Bonino.
Unidad Especializada en la Representación de Niños, Niñas y Adolescentes Víctimas de Delitos en Procesos Penales N° 2, a cargo de la Dra. Castagnaro Padrones.
Unidad Especializada en la Representación de Niños, Niñas y Adolescentes Víctimas de Delitos en Procesos Penales N° 3, a cargo de la Dra. Gaya.
Asimismo, recientemente se ha creado la Coordinación de las Defensorías Públicas de Víctimas, en el ámbito de la Secretaría General de Política Institucional de la Defensoría General de la Nación, como instancia institucional destinada a la articulación, ordenamiento y fortalecimiento de la actuación de las Defensorías Públicas de Víctimas en el ámbito nacional y federal, mediante RDGN-2026-471-E-MPD-DGN#MPD, la cual también se adjunta.
A lo largo de los años, desde el Área de Fortalecimiento Institucional dependiente de la Secretaría de Política Institucional de la Defensoría General de la Nación, se han suscripto los siguientes convenios vinculados a la temática que ahora nos ocupa y que son:
Convenio Marco de Colaboración entre el MPD y el Comité Ejecutivo para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas, suscripto el 19 de abril del año 2022. Incorporado al GDO mediante IF-2022-00026488-MPD-SGPI#MPD.
Convenio Marco de Cooperación con la Federación de Asociaciones de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos de España, protocolizado por Resolución DGN N° 1108/11 (suscripto el 6 de septiembre del año 2011) -que se adjunta-.
Si bien no resulta específico de la temática, pero podría estar relacionado, se informa que se ha suscripto un Convenio de Cooperación con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, el cual, teniendo en cuenta las funciones del CENAVID, tiene por objeto implementar acciones tendientes a promover, propiciar y fortalecer la cooperación, asistencia técnica y el trabajo en conjunto de las partes en materia de derechos y garantías de las personas víctimas de delitos, en el ámbito de sus respectivas competencias y con apego a la normativa vigente, que fue firmado el 21 de junio del año 2022 (incorporado al GDO mediante documento IF-2022-00045222-MPD-SGPI#MPD_MJDDHH, firmado el 21 de junio de 2022).
Por su parte, se hace saber que en el año 2010, se firmó un Convenio Marco con el Programa “Las Víctimas contra las Violencias” del entonces Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, con el objeto de establecer un programa mediante el cual el MPD preste colaboración al Programa “Las Víctimas contra las Violencias” del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, desarrollando sus incumbencias naturales para la protección de las personas menores de edad, o afectadas por discapacidad mental, víctimas de delitos contra la integridad sexual y de trata. Fue firmado el 5 de febrero del año 2010 y protocolizado por Resolución DGN 130/2010 -que se adjunta-.
2.- ¿Cuántos abogados forman parte del Patrocinio Jurídico Gratuito para Víctimas de Trata?
El Programa de Asesoramiento y Promoción de Derechos de las Víctimas del Delito de Trata de Personas de la Defensoría General de la Nación, hasta su disolución el 1° de febrero de 2026 (Cfme. RDGN-2026-37-E- MPD-DGN#MPD), estuvo integrado por tres abogadas: una Secretaria Letrada, Marcela Virginia Rodríguez, quien se encontraba a cargo del programa; una Prosecretaria Administrativa; y una Oficial. Como ya se informó en el punto 1 de la solicitud, sus funciones fueron asumidas por las Defensorías de Víctimas, junto a las Unidades Letradas y Defensorías Públicas Oficiales, estas últimas hasta poder contar con la totalidad de los cargos naturales habilitados.
3.- ¿Cuántas causas se encuentran patrocinando desde el Patrocinio Jurídico Gratuito para Víctimas de Trata?
Al respecto, se informa la cantidad de 536 causas que presentan, al menos, una de las características vinculadas a delitos de trata previamente detalladas y que recibieron asistencia de, al menos, una dependencia del MPD durante el periodo analizado.
Es necesario hacer las siguientes aclaraciones: la información fue extraída del sistema DefensaPública.net, que es de carácter dinámico y de carga descentralizada, con lo cual se muestra la información cargada, por cada usuario en cada dependencia, hasta la fecha de extracción de la información (27/02/2026). Cabe también aclarar que el Sistema funciona como un registro interno del MPD de cada dependencia y funciona de forma independiente al sistema de gestión Lex100 del Poder Judicial de la Nación.
Para la identificación de causas vinculadas con delitos de trata de personas, se utilizaron dos criterios:
a. Objetos de intervención
Se consideraron aquellas causas en las cuales se encuentra informado, al menos, uno de los siguientes “objetos de intervención”:
CAPITULO III (ARTS 125 AL 129)
CORRUP. O PROSTIT. DE MENORES - MOD.LEY 25087
CORRUP/PROST.DE MENOR (125 INC 2) MOD.LEY 25087
CORRUP/PROST.DE MENOR (125 INC.3) MOD.LEY 25087
CORRUP/PROSTITUCION DE MAYORES-MOD-LEY 25087
CORRUPCION AGRAVADA (ART.125 ULTIMO PARRAFO)
CORRUPCION DE MENOR DE 13 AÑOS
CORRUPCION DE MENOR DE 18 AÑOS
INFRACCION ART. 145 BIS 1° PARRAFO
INFRACCION ART. 145 BIS 2° PARRAFO APARTADO 1
INFRACCION ART. 145 BIS 2° PARRAFO APARTADO 2
INFRACCION ART. 145 TER 1° PARRAFO
INFRACCION ART. 145 TER 2° PARRAFO
INFRACCION ART. 145 TER 3° PARRAFO APARTADO 1
INFRACCION ART. 145 TER 3° PARRAFO APARTADO 2
INFRACCION ART. 145 TER 3° PARRAFO APARTADO 3
INFRACCION ART. 145 TER 3° PARRAFO APARTADO 4
PROMOVER LA PROSTIT. (ART127 BIS) MOD.LEY 25087
PROSTITUCION (ART.127 BIS ULTIMA PARTE)
PROSTITUCION AGRAVADA (ULTIMO PARRAFO)
PROSTITUCION CON FINES DE LUCRO (ART 127)
PROSTITUCION DE MAYORES (ART 126)
PROSTITUCION DE MENOR DE 13 AÑOS
PROSTITUCION DE MENOR DE 18 AÑOS
PROSTITUCION MAYOR DE 18 AÑOS (ART 127 TER)
PROSTITUCION MENOR DE 13 AÑOS-ART127 BIS 2ª PTE
PROSTITUCION MENOR DE 18 AÑOS-ART127 BIS 1ª PTE
REDUCCION A LA SERVIDUMBRE
PROMOCIÓN/FACILITACIÓN DE PROSTITUCIÓN (Art 125 bis CPN)
PROMOCION FACILITACION DE PROSTITUCION AGRAVADA Art 126 CPN
PROSTITUCION CON FINES DE LUCRO Art 127
REDUCCION A LA SERVIDUMBRE Art 140 CPN
INFRACCION ART 145 BIS CPN
INFRACCION ART 145 TER INCISO 1
INFRACCION ART 145 TER INCISO 2
INFRACCION ART 145 TER INCISO 3
INFRACCION ART 145 TER INCISO 4
INFRACCION ART 145 TER INCISO 5
INFRACCION ART 145 TER INCISO 6
INFRACCION ART 145 TER INCISO 7
INFRACCION ART 145 TER ANTEULTIMO PARRAFO
INFRACCION ART 145 TER ULTIMO PARRAFO
Infracción Ley 26364
INFRACCION ART 145 BIS INCISO 2
INFRACCION ART 145 BIS INCISO 3
b. Carátula del expediente
También se consideraron aquellas causas en cuya carátula se registró, al menos, una de las siguientes expresiones:
"26.364"
"26364"
"26.842"
"26542"
"TRATA"
“INFRACCION ART. 145"
"INFRACCION ART 145"
"INFRACCION ART.145"
"INFRACCIÓN ART. 145"
"INFRACCIÓN ART 145"
"INFRACCIÓN ART.145"
Identificación de víctimas
Para identificar a los asistidos en carácter de víctimas, se consideraron las siguientes categorías de carga:
• “Víctimas/Querella”
• “Querella”
Tipo de expedientes
Se contabilizaron tanto expedientes donde la asistencia es técnica como también expedientes de representación promiscua.
Período analizado
Desde el 01/01/2014 hasta el 31/12/2025.
4.- ¿De qué provincias son las víctimas que se encuentran siendo asistidas desde el Patrocinio Jurídico Gratuito?
“Se informa la cantidad de causas por provincia de inicio del trámite del expediente, dado que no se cuenta con información relativa al lugar de nacimiento de las víctimas.
Provincia
Cantidad de causas
Buenos Aires
136
Tucumán
62
Ciudad Autónoma de Bs As
49
Salta
36
Tierra del Fuego, Antar e Islas
31
Chaco
31
Entre Ríos
28
Corrientes
27
Catamarca
27
Córdoba
22
Neuquén
17
Jujuy
15
Santa Fe
13
Río Negro
12
Misiones
10
Santiago del Estero
7
La Pampa
6
San Luis
2
Santa Cruz
1
Mendoza
1
La Rioja
1
Formosa
1
Chubut
1
Total
536.”.
Vía de comunicación utilizada: Correo Electrónico.